Construyendo Patría!!!

Esta página web ha sido diseñada por Daniel Rafael Pardo González C.I. V-18.428.335, Gerardo Enrique Gutiérrez Ocando C.I. V-15.060.655 y Arcenio José Pirela Zerpa C.I. V-19.451.983 estudiantes de la Misión Sucre, para ayudar a esta comunidad en su desarrollo comunicacional y tecnológico. Otorgándoles una herramienta que ayudara a mantener informada a su comunidad del trabajo y los logros alcanzados por las distintas personas que dirigen esta organización comunal, así como crear una línea informativa de los adelantos, lineamientos y directrices que desde la presidencia de la república se desarrollan en la nación.

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04.06.2011 15:46

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Organizate

PROYECTO PASO A PASO

30.05.2011 23:21

Llegó la hora que las comunidades asuman poderes de Estado, lo que conllevará administrativamente a la
transformación global del Estado venezolano y socialmente al ejercicio real de la soberanía por parte de la
sociedad a través de los poderes comunales”.

Comandante Hugo Chávez

GUIA METODOLÓGICA PARA EL SEGUIMIENTO Y LA FORMULACIÓN DE NUEVOS PROYECTOS
COMUNALES

En el marco del “Peinado del Terreno”, los proyectos comunales se convierten en una herramienta para las soluciones de los problemas de la comunidad y para fortalecer y consolidar el Poder Popular. El “Peinado del Terreno” busca la transformación de las condiciones de vida del pueblo y los proyectos
comunales, como parte del Ciclo del Poder Comunal, representan las ideas del colectivo que involucran las alternativas reales de solución para alcanzar el bienestar común.

Los proyectos comunales, son expresión del Plan Comunal, abordan de manera integral o particular las situaciones en diversos ámbitos de la comunidad; y para su impulso, es necesario que el acompañamiento técnico y político, pueda consolidar el sentido del deber social de los colectivos. En el Peinado del Terreno, en relación con los Proyectos Comunales, se trabajará en tres direcciones fundamentales:

1. Verificación de los Proyectos Comunales pendientes a financiar.
2. Identificación de problemas a través del “Peinado de la Comunidad” cuya solución pueda gestionarse a través de proyectos comunales. Seguimiento y acompañamiento de los nuevos proyectos que logren formularse en esta dirección.
3. Proyectos Especiales: Son aquellos proyectos comunales que se ejecutarán para obras especiales y para la asignación de recursos centralmente adquiridos a las comunidades más deprimidas socialmente. Verificación de los Proyectos Comunales pendientes a financiar. Esta labor se realiza por los promotores comunales y se deben incorporar, en el marco del Peinado del Terreno, los Luchadores Sociales con el objetivo de verificar la data de los proyectos pendientes a financiar. Para esta actividad, que se realiza en todo el país y no solo en las zonas priorizadas, se suministrará la
data del Ministerio del Poder Popular de Participación Social con la relación de los proyectos que deben ser
verificados.

El proceso de verificación de existencia de los proyectos comunales se trabajará en correspondencia con
los siguientes aspectos:
1. Verificación de la existencia real del proyecto.
2. Verificar si el Proyecto responde a un problema colectivo.
3. Que el proyecto tenga implícita la participación de las organizaciones sociales de la comunidad y de los
comités y mesas de trabajo que conforman el Consejo Comunal.
4. Beneficiarios directos e indirectos del proyecto.
5. Verificar que se hayan cumplido las fases del Ciclo del Poder Comunal:

DIAGNÓSTICO PARTICIPATIVO DE LA COMUNIDAD. = SITUACIÓN PRESENTE.

· Si se realizó el diagnóstico de la comunidad previo a la formulación del proyecto.
· Áreas, problemas y fortalezas priorizadas en el Proyectos.
· Si el proyecto responde al diagnóstico.
· Verificar bajo qué elementos la comunidad priorizó ese proyecto.
· Si han recibido apoyo de otras instituciones o actores externos de la comunidad.

PLANIFICACIÓN= PLAN COMUNAL

El Plan Comunal, es la sistematización de cómo vamos a abordar las situaciones reflejadas en el diagnóstico a través de la participación comunitaria.
PRESUPUESTO. Verificar el monto del proyecto y la viabilidad de la inversión. Identificación de problemas a través del “Peinado de la Comunidad” cuya solución pueda gestionarse a través de proyectos comunales. Seguimiento y acompañamiento de los nuevos proyectos que logren formularse
en esta dirección.

La identificación de los problemas en esta dirección se realizará por los Luchadores Sociales a través del
Peinado de la Comunidad. El peinado con esta finalidad se desarrolla a través del abordaje y el barrido por
sectores, y se efectuará de forma priorizada en las siguientes áreas:

· Infraestructura Educativa de la Comunidad.
· Infraestructura de Salud.
· Infraestructura de deporte.(Canchas deportivas)
· Infraestructura de alimentación. (Red Mercal)
· Parques Infantiles y Guarderías.

Posterior a la identificación de los problemas de la comunidad, los pasos que deben desarrollarse para
avanzar en la formulación de los proyectos cumpliendo el ciclo del Poder Comunal son los siguientes:

PASOS PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS EN CORRESPODENCIA CON EL CICLO DEL PODER
COMUNAL

1. DIAGNÓSTICO: El Diagnóstico es la primera fase del Ciclo de Poder Comunal mediante el cual se identifican y priorizan las necesidades y potencialidades de la comunidad. Para llegar a la elaboración y ejecución de un proyecto, se debe haber pasado por una primera etapa que consiste en diagnosticar
la situación de su comunidad. En el marco del Peinado del Terreno, este diagnóstico se realiza a través del barrido de la comunidad como referimos anteriormente.

2. REUNIÓN CON LOS CONSEJOS COMUNALES EXISTENTES Y CREACIÓN DE NUEVOS CONSEJOS: Se realiza para evaluar los problemas detectados en el Peinado y cuáles pueden ser objetos de Proyectos. De ser necesario se crearán nuevos Consejos Comunales, garantizando la incorporación de todos los
comités de trabajo y organizaciones sociales que hacen vida activa en la comunidad. Para este proceso se ha diseñado el proceso de formación que se requiere.

PASOS PARA LA CREACIÓN DE NUEVOS CONSEJOS COMUNALES

· La Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas elegirán a las personas de la comunidad para conformar la Comisión Organizadora del Consejo Comunal del poder popular. Aquellas comunidades que no hayan constituido Asambleas de Ciudadanos y Ciudadanas, deberá promoverse su constitución.
· La Comisión Organizadora convoca a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
· La Comisión difundirá entre los habitantes de la comunidad el alcance, objeto y fines de los Consejos Comunales del poder popular y convocar a los comités u otras formas de organización comunal de base, mediante medios de información locales, avisos y escritos colocados en sitios públicos, a fin de postular a sus aspirantes a voceros y voceras del Consejo Comunal del poder popular.
· Se organiza y lleva a cabo el proceso de elección de voceros y voceras de los órganos del Consejo Comunal del poder popular, los que posteriormente son proclamados y juramentados.
· Posteriormente, se elabora el Acta de creación y constitución del Consejo Comunal del poder popular y efectuar su registro correspondiente.

En aquellas comunidades donde no existan comités de trabajo u otras formas de organización comunal de
base, la Comisión Organizadora podrá constituirlos de acuerdo a lo previsto en los artículos 8 y 9 del presente
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley y sus voceros serán elegidos por la Asamblea de Ciudadanos y
Ciudadanas.

3. ELABORACIÓN DE PROYECTOS: Una vez definidos que problemas pueden ser objeto de proyectos, se trabajará por los Consejos Comunales en la elaboración de los mismos atendiendo a la estructura:

· Estado, municipio y comunidad.
· Nombre del Consejo Comunal.
· Nombre del Proyecto.
· Monto del Proyecto.
· Ámbito del Proyecto.
· Número de RIF.
· Número de cuenta a la que pueden consignarse los recursos.
· Quiénes ejecutarán el proyecto. Nombre de la cooperativa.
· Actividad a la que responde.
· Quiénes son los beneficiados.
· Dónde se ejecutará o ejecuta el proyecto.
· Qué beneficio colectivo aporta la ejecución del mismo.
· Qué recursos comunitarios se pueden utilizar para la ejecución del proyecto.
· Tiempo para la ejecución del Proyecto.
· Propuesta para el Trabajo voluntario planificado y participación de las familias en el proceso de ejecución del proyecto.

4. EL PLAN COMUNAL: Esta es la segunda fase del Ciclo del Poder Comunal. El plan incluye todos los
proyectos de los diferentes ámbitos de la comunidad. El plan comunal debe responder a los siguientes
puntos:

5. PROBLEMAS: Se refiere a las dificultades de la comunidad que se incluyen en todos los proyectos.

6. ACTORES: Es decir, quienes son todas las personas o instituciones involucradas en el problema, bien las afectadas, generadoras del problema y las que pueden aportar para su solución.

7. INDICADORES: Es lo que señala la magnitud problema existe, lo caracteriza.

8. OBJETIVO: Expresa las acciones necesarias para acabar o disminuir el problema.

9. METAS: Expresa lo que quiere lograrse con cada objetivo.

10. ACTIVIDADES: Define cuáles van a ser las actividades necesarias para lograr las metas planteadas. Cada meta puede requerir una o más actividades.

11. TIEMPO: Refiere al lapso de tiempo. Se deben establecer fechas.

12. RESPONSABLES: se refiere, a las personas que se van a ser responsables para que se cumpla cada actividad.

13. RECURSOS (que necesitamos): Define cuales son los recursos económicos materiales y humanos necesarios para cumplir con cada una de las actividades.

14. ENTREGA DEL PLAN COMUNAL Y LOS PROYECTOS A LAS SALAS DE BATALLA SOCIAL: En el marco del Peinado del Terreno, los nuevos proyectos comunales que se generen se tramitarán a través de las Salas de Batalla Social, en las que participa de forma permanente el responsable de FUNDACOMUNAL.

15. FINANCIAMIENTO: Posterior al proceso de elaboración y aprobación de los proyectos, los que deben ser avalados por los comité de evaluación de FUNDACOMUNAL, y una vez realizado el proceso de formación, se organizarán jornadas de financiamiento.

16. EJECUCIÓN COMUNAL: Esta es la cuarta etapa del Ciclo del Poder Comunal, mediante la cual se concreta en espacio y tiempo el Plan Comunal.

17. CONTRALORÍA COMUNAL: El pueblo organizado vela por el correcto desarrollo de los planes y programas que se emprendan en las comunidades. La Contraloría Social, es un proceso de participación de la ciudadanía en las actividades de prevención, seguimiento, supervisión y control de los acuerdos, planes, programas, proyectos que la actividad comunal y gubernamental realizan.

La Contraloría Social, representa uno de los derechos y deberes de los ciudadanos y ciudadanas de participar en la gestión pública y en la gestión comunitaria durante todo su proceso, que va desde la manifestación de ideas para la inversión social y la ejecución de los acuerdos, hasta el permanente
seguimiento, control y cuidado por parte de la ciudadanía de las obras ejecutadas, o hechos y acuerdos a los que llegó la comunidad.
Los nuevos proyectos comunales se financiarán con prioridad en los municipios priorizados, los mismos serán un resultado de la creación de nuevos Consejos Comunales y del fortalecimiento del Poder Popular, permitiendo a la vez, un mayor impacto en las soluciones de las necesidades más sentidas de la comunidad.

Proyectos Especiales

Los Proyectos Especiales en el marco del Peinado del Terreno, se ejecutarán con el objetivo de asignar recursos a las comunidades, adquiridos centralmente, y destinados a resolver necesidades individuales o familiares a partir de la entrega de ayudas directas.

· En una primera fase, se plantea el financiamiento de un Proyecto Especial por cada uno de los 60 municipios priorizados actualmente por el Peinado del Terreno.
· El Ministerio del Poder Popular para la Participación Social, adquirirá centralmente los artículos que se requieran para este tipo de ayudas y los mismos serán entregados a la comunidad a partir de la firma de un proyecto tipo, elaborado a estos efectos, con los Comités de Protección e Igualdad Social.
· El sistema de distribución y entrega de artículos se realizará con la plataforma organizada para la entrega de ayudas técnicas de la Misión José Gregorio Hernández.
· La identificación de familias y sectores a favorecer con este tipo de proyectos se realizará con la participación de la comunidad, y será antecedido por el “Peinado casa a casa”. El diagnóstico por vivienda, a partir de esta definición, no se realiza a toda la comunidad, sino, en aquellos sectores más
deprimidos socialmente que puedan ser objeto de este tipo de ayuda. Estos sectores se deben determinar previamente con la participación de los líderes comunitarios y de las Misiones Sociales.

 

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¿Que es un consejo comunal?

30.05.2011 22:32

 

El Consejo Comunal es la instancia de participación, articulación e integración entre las diversas
organizaciones comunitarias, grupos sociales y, los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo
organizado, ejercer directamente la gestión de políticas públicas y proyectos orientados a responder a las
necesidades y aspiraciones de la comunidad en la CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE EQUIDAD Y
JUSTICIA SOCIAL.

“Comunidad es El Conglomerado Social de Familias, Ciudadanas y Ciudadanos que habitan en un área
geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se relacionan entre si, usan los
mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades”.

La Asamblea de Ciudadanos es la máxima instancia primaria para el ejercicio del pode, la participación y el
protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo. Es la
máxima instancia de decisión del Consejo Comunal, integrada por las y los habitantes de la comunidad mayores
de 15 años.

El comité de trabajo del Consejo Comunal es un colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer
funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de cada comunidad. Articulara y
promoverá la participación e integración de las organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes
de la comunidad.

Las áreas de trabajo se constituyen en relación con las particularidades y los problemas mas relevantes de la
comunidad .El numero y contenido de las áreas de trabajo dependerá de la realidad de cada comunidad. Las
áreas de trabajo agrupan varios comité de trabajo del Consejo Comunal.

Las Organizaciones que existen o pueden existir en las comunidades y que agrupan a un conjunto de
ciudadanos y ciudadanas con bases en objetivos e intereses comunes, tales como: comité de agua, comité de
salud, comité de deporte, grupos culturales, organizaciones estudiantiles, organizaciones juveniles, etc.
El Vocero o Vocera es la persona electa en asamblea de ciudadanos y ciudadanas, para cada comité de trabajo,
a fin de coordinar todo lo relacionado al funcionamiento del consejo comunal , la instrumentación de las
mismas.

El Órgano Ejecutivo es la instancia del consejo comunal encargada de promover y articular la participación de
las y los integrantes de la comunidad, grupos sociales y organizaciones comunitarias en los diferentes comités
de trabajo. Planificar la decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, conocer las actividades de cada
uno de los comités de trabajo y de las áreas de trabajo.

Las Funciones del Órgano Ejecutivo Son:

· Ejecutar las decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.
· Elaborar planes de trabajo, organizar el voluntariado.
· Formalizar el registro del consejo comunal.
· Promover la solicitud de transferencias de servicios.
· Participación en los procesos económicos.
· Gestión de empresas publicas y recuperación de empresas paralizadas mediante mecanismos
autogestionarios y de cogestión.
· Promover el ejercicio de la iniciativa legislativa y la participación en el parlamentarismo social.
· Promover el ejercicio y defensa de la soberanía e integridad territorial.
· Elaborar el plan de desarrollo de la comunidad.
· Las demás que establezca la ley y su reglamento.

El Banco Comunal es un órgano integrado por 5 habitantes de la comunidad, electos y electas en la asamblea
de ciudadanos y ciudadanas, que funciona como ente de ejecución financiera de los consejos comunales para:

Funciones del Banco Comunal:

· Administrar los recursos asignados, generados o captados.
· Promover la construcción de cooperativas.
· Impulsar el diagnostico y presupuesto participativo, sensible al genero, jerarquizando las necesidades
de la comunidad.
· Promover el fortalecimiento de las economías locales.
· Articularse con las demás organizaciones del sistema micro financiero de la economía popular.
· Promover el desarrollo local, los núcleos de desarrollo endógeno y cualquier otra que promueva la
economía popular y solidaria.

1. Rendir cuenta Publica.

· Realizar la intermediación financiera y prestar asistencia social.
· Promover formas económicas alternativas y solidarias, para el intercambio de bienes y servicios.
· Servir de ente de inversión y crédito.
· El banco podrá pertenecer a un consejo comunal, a una mancomunidad de consejos comunales, de
acuerdo al desarrollo necesidades de los mismos.
· Tendrá la figura jurídica de Cooperativa.
· Se regirá por la ley de cooperativas, la ley de micro finanzas y la presente ley y su reglamento, y demás
aplicables.

La Unidad de Contraloría Social es un órgano integrado por 5 habitantes de la comunidad, electos y electas
en la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, para realizar la contraloría social, fiscalización, control y
supervisión del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el consejo comunal, así como
sobre programas y proyectos de inversión publica, presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional,
estadal o municipal.

El Banco Comunal, La Contraloría Social y el Órgano ejecutivo realizaran reuniones de coordinación
evaluación y seguimiento al menos una vez al mes.
¡Construyamos el poder desde abajo
para que el edificio de la democracia
participativa y protagónica tenga bases sólidas!

¡CONSTRUYAMOS UNA NUEVA Y MEJOR COMUNIDADES!

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